
Estos son incentivos electorales-ley 403 de 1997:
-
10% de descuento en el costo de la matricula de una IES oficial y pública en todos los periodos académicos que tengan lugar hasta los votaciones siguientes en las que puedo participar.
-
10% en duplicados de la cédula de ciudadanía (del segundo duplicado en adelante).
-
Medio jornada de descanso compensatoria y remunerada.

Las cuatro máximas del voto son:
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El voto es libre.
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El voto es secreto.
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El voto es igualitario.
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El voto es universal.

Podría ser Noticias Falsas
Si deseas verificar sobre una noticia electoral que te hace dudar
puedes dirigirte a:
Estos son incentivos electorales-ley 403 de 1997:
-
10% de descuento en el costo de la matricula de una IES oficial y pública en todos los periodos académicos que tengan lugar hasta los votaciones siguientes en las que puedo participar.
-
10% en duplicados de la cédula de ciudadanía (del segundo duplicado en adelante).
-
Medio jornada de descanso compensatoria y remunerada.

Las elecciones periódicas permiten:
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La alternancia en el poder.
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Renovar liderazgos.
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Ejercer los derechos civiles y políticos.
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Elegir y ser elegido.

Pegabot ( Bots en twitter)
Esta herramienta permite analizar una cuenta de Twitter y verificar la probabilidad de que el perfil sea un bot . Cuanto mayor sea el porcentaje, mayor será la posibilidad de que el perfil no sea una persona real, sino una cuenta automatizada.

Si deseas enterarte de cómo financian sus campañas les candidatos puedes ingresar a la sección de consulta ciudadana en:
EL DÍA "E" JORNADA ELECTORAL 29 DE OCTUBRE DE 2023
FECHA DE LA ELECCIÓN:
Domingo 29 de Octubre de 2023
HORA:
A partir de las 8:00 am hasta las 4:00 pm
DOCUMENTO PARA VOTAR:
Cédula de Ciudadanía.
DONDE VOTAR:
Puestos de votación donde aparece registrada la persona.
(Consulta tu puesto de votación aquí)
¿QUIEN PUEDE VOTAR?
Ciudadanía colombiana que habite en el país o resida en el exterior.
ACLARACIÓN SOBRE EL VOTO DE EXTRANJEROS RESIDENTES EN COLOMBIA
La ley 1070 de 2006, la cual reglamenta el voto de extranjeros residentes en Colombia, señala que “los extranjeros residentes en Colombia podrán votar en las elecciones de carácter municipal y distrital, del último lugar donde haya fijado su domicilio” (artículo 1). En este sentido, sí pueden votar, pero únicamente podrán participar en la elección de alcaldes Distritales y municipales, Concejos Distritales y municipales, y Juntas Administradoras Locales Distritales y municipales en todo el territorio Nacional, tal y como lo establece el artículo 2 de dicha ley.
Así mismo, los extranjeros en Colombia habilitados para votar deben cumplir los siguientes requisitos:
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Ser mayor de 18 años.
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Tener visa de conformidad con las normas que regulan la materia.
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Acreditar 5 años continuos e ininterrumpidos de residencia en Colombia.
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Tener cédula de extranjería de residente.
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Estar inscrito en el registro electoral.
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No tener inhabilidades constitucionales y legales.